AECID convoca residencias artísticas y de investigación en la Real Academia de España en Roma para ciudadanos españoles y de la Unión Europea.
La Real Academia de España en Roma, institución de la Administración General del Estado fundada en 1873 y centro de creación artística, tiene como finalidad contribuir a la formación de creadores, restauradores e investigadores, con ánimo de hacer de esta institución una plataforma de proyección internacional de la cultura creativa de España, lograr una mayor presencia cultural de España en Italia y generar una mayor vinculación cultural europea.
De este modo, se genera un entorno creativo basado en la relación entre los becarios y la Academia: los primeros se benefician de esta oportunidad para avanzar en sus carreras profesionales al tiempo que contribuyen, por medio de sus proyectos de creación artística y de investigación, a la consecución de los fines de la institución que los acoge.
El objeto del programa es la concesión de becas indivisibles e individuales para la financiación de proyectos de excelencia de ciudadanos españoles o de la Unión Europea. En el caso de proyectos colectivos, solo podrá disfrutar de la beca un integrante del mismo, preservándose los derechos de autor del colectivo.
BASES
REQUISITOS:
Tener la nacionalidad española o la de otro país miembro de la Unión Europea. Aquellos solicitantes de la Unión Europea no españoles deberán aportar copia del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes o equivalente, requiriéndose al menos el equivalente al nivel B1 del Marco Europeo Común de Referencia.
Poseer una de las siguientes categorías:
Artista o creador de demostrable trayectoria en áreas afines a alguna de las especialidades mencionadas en los proyectos.
Investigador en áreas afines a alguna de esas especialidades.
No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) de dicho artículo.
Hallarse al corriente, en su caso, de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social españolas.
PROYECTOS:
Las solicitudes podrán realizarse para uno de estos dos tipos de proyectos, siendo ambas vías de solicitud excluyentes entre sí:
Proyectos artísticos o de creación.
Proyectos de investigación que tengan una vinculación con Italia o con la propia Academia.
Los proyectos se realizarán en régimen de residencia en la Academia, durante el periodo de concesión de la beca. El desarrollo del proyecto artístico/investigación puede verse afectado por las obras de rehabilitación previstas para el conjunto monumental de la Academia.
Los proyectos se presentarán, en su caso, entre las disciplinas que se relacionan, en aquella que mejor represente la especialidad principal:
Artes plásticas y visuales (escultura, pintura, grabado, cómic, fotografía, instalaciones, arte urbano…).
Audiovisuales (cine, videocreación, tecnologías experimentales, videojuegos…).
Diseño y otras prácticas creativas (diseño de moda, diseño gráfico, diseño de producto, gastronomía…).
Artes escénicas y performativas (teatro, performance, danza…).
Literatura (poesía, novela, ensayo, teatro, novela gráfica, texto dramático…).
Música (creación musical, musicología, arte sonoro e interpretación…).
Arquitectura (estudios y proyectos arquitectónicos, urbanismo, paisajismo, ecología urbana…).
Bienes culturales (Archivística, biblioteconomía y documentación; conservación y restauración…).
Estudios teóricos (estética, historia y crítica del arte, museología, comisariado, mediación artística y cultural, filosofía, antropología, ciencias y humanidades…).
Otras prácticas o estudios.
Los solicitantes, en el correspondiente formulario de solicitud de beca, deberán elegir, de entre la lista de especialidades indicada, aquella que mejor represente el área de actividad principal de su proyecto, sin perjuicio de que, de acuerdo con las prácticas artísticas e investigación actuales, este incluya la producción de soportes relacionados con otras disciplinas.
DURACIÓN DE LAS BECAS:
De uno a ocho meses, dentro del periodo 1 de noviembre de 2022 al 30 de junio de 2023.
ENVÍO DE SOLICITUDES:
Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas por vía telemática.
Antes de rellenar el formulario telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la carpeta del ciudadano de la sede electrónica de la AECID a efectos de identificación y notificación.
DOCUMENTACIÓN:
Para ciudadanos españoles y ciudadanos de la Unión Europea con NIE:
Copia del DNI/NIE: No será necesario aportar copia del dato de identidad, dado que la AECID la consultará por medios electrónicos. Podrá manifestar su oposición motivada a esta consulta en los términos que se indican en la Política de protección de datos de carácter personal (https://protecciondedatos.aecid.es/) y utilizar los medios que ahí se indican. La oposición debe ir acompañada de expresión de causa para que el responsable realice una ponderación de los motivos alegados; además, debe aportar necesariamente el dato de identidad a cuya consulta se opone para que la AECID pueda conocer que concurren los requisitos establecidos en el procedimiento pues, en caso contrario, no se podrá estimar la solicitud.
Documento acreditativo del lugar de residencia habitual.
Currículum vitae. Los documentos acreditativos podrán exigirse “a posteriori” y “ad hoc” e irán acompañados de cuantos justificantes puedan avalarlos a juicio del solicitante.
Copia del Título Universitario, si el tipo de solicitud de beca es el de investigador.
Copia de la certificación académica personal -correspondiente al título mencionado en el apartado anterior- expedida por la Universidad o centro, si el tipo de solicitud de beca es el de investigador.
Para ciudadanos de la Unión Europea con NIE: copia del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes o equivalente, requiriéndose el equivalente al nivel B1 del Marco Europeo Común de Referencia para las lenguas.
Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, según el modelo que figura en el Anexo III.
Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT). El solicitante podrá autorizar al órgano instructor de obtener los datos relativos al cumplimiento de dichas obligaciones por medios telemáticos. En caso de que no autorice expresamente a obtener dichos datos deberá presentar certificado positivo de la Agencia Tributaria.
Certificado de estar al corriente del pago de la Seguridad Social. No será necesario aportar certificado dado que la AECID consultará estos datos por medios electrónicos. Podrá manifestar su oposición motivada a esta consulta en los términos que se indican en la Política de protección de datos de carácter personal (https://protecciondedatos.aecid.es/) y utilizar los medios que ahí se indican; además, debe aportar necesariamente el certificado a cuya consulta se opone para que la AECID pueda conocer que concurren los requisitos establecidos en el procedimiento pues, en caso contrario, no se podrá estimar la solicitud.
En el caso de no residir fiscalmente en España: Certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes.
Ficha proyecto que figura en el Anexo V desarrollando en su totalidad todos y cada uno de los apartados.
Todas las imágenes que se quieran aportar al proyecto deberán ser accesibles a través de un enlace a alguna página web que se incluirá en dicha ficha. La aplicación no admitirá ficheros conteniendo imágenes.
Ciudadanos de la Unión Europea cuya nacionalidad no sea la española y no tengan NIE:
Copia del documento de identidad personal o del que reglamentariamente lo sustituya.
Documento de acreditación del lugar de residencia habitual.
Currículum vitae. Los documentos acreditativos podrán exigirse “a posteriori” y “ad hoc” e irán acompañados de cuantos justificantes puedan avalarlos a juicio del solicitante.
Copia del Título Universitario, si el tipo de solicitud de beca es el de investigador.
Copia de la certificación académica personal -correspondiente al título mencionado en el apartado anterior- expedida por la Universidad o Centro, si el tipo de solicitud de beca es el de investigador.
Copia del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes o equivalente, requiriéndose el equivalente al nivel B1 del Marco Europeo Común de Referencia para las lenguas.
Anexo IV cumplimentado que incluye:
Declaración responsable de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
No estar obligado a presentar certificado de la Agencia Tributaria ni de la Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 22.1 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Ficha proyecto que figura en el Anexo V desarrollando en su totalidad todos y cada uno de los apartados.
Todas las imágenes que se quieran aportar al proyecto deberán ser accesibles a través de un enlace a alguna página web que se incluirá en dicha ficha. La aplicación no admitirá ficheros conteniendo imágenes.
De acuerdo con la Base 3.7, y conforme al artículo 15 de la Ley 39/2015, la documentación requerida se presentará en español. Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua. No será necesario que la traducción sea oficial.
PLAZO DE SOLICITUD:
Del 8 al 22 de marzo de 2022.
El límite para enviar el formulario en la aplicación informática serán las 13:00 horas del registro telemático de AECID del día establecido.
DOTACIÓN:
Mensualidades (importe bruto):
Con residencia de origen en un país europeo (acreditada):
Primera mensualidad: 1.500 euros.
Resto de mensualidades: 1.200 euros.
Con residencia de origen fuera un país europeo (acreditada):
Primera mensualidad: 2.400 euros.
Resto de mensualidades: 1.200 euros.
Alojamiento en la Academia, sin manutención. El régimen de alojamiento es individual.
Seguro de asistencia en viaje y seguro de accidentes.
Gastos de producción.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
La Comisión de Valoración contará, en la primera fase, con el asesoramiento de las comisiones calificadoras designadas por la AECID a propuesta del Patronato, en base al artículo 14 del Real Decreto 813/2001, que valorarán:
El currículum académico-profesional del solicitante (máximo 3 puntos).
Proyecto propuesto para la beca (máximo 7 puntos).
PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.aecid.es
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